martes, 30 de diciembre de 2008


El Federalismo, un modelo “Do It Yourself”


El federalismo es, en principio, un sistema de gobierno en el cual la autoridad se encuentra dividida en al menos dos niveles: el estadual, el cual representa al estado de cada sub-unidad territorial de la federación; y el federal, sobre el cual recae el estado central que agrupa a todas las sub-unidades territoriales. De esta manera, los poderes y competencias para el gobierno del país son repartidos entre el estado central, cuyas decisiones involucran a todas sus sub-unidades constitutivas; y las sub-unidades territoriales, las cuales gozan, individualmente, de autonomía (no soberanía) para tomar decisiones que serán válidas sólo dentro de su ámbito de injerencia, pero reconocidas por sus pares y por el estado central.

Es privativo del federalismo que los poderes y competencias resulten constitucionalmente imposibles de ser alteradas unilateralmente, sea por una o varias sub-unidades o por el estado central; contrastando con los otros dos sistemas de gobierno reconocidos:

-El Unitarismo, en el cual la autoridad descentralizada es posible de ser revocada por el estado central;

-El Confederalismo, donde la autoridad sólo puede ser cedida desde las sub-unidades al estado central, en carácter provisional; encontrándose las sub-unidades en dominio de su soberanía, y por ende, facultadas de abandonar unilateralmente la asociación.

Existen tres principios básicos sobre los que se yergue el federalismo:

-Federalismo fiscal (El federalismo fiscal se constituye en un marco normativo para la asignación de recursos del estado federal a las sub-unidades, atendiendo a la provisión local de bienes públicos);

-Subsidiariedad (Este principio consagra el deber de permanecer un poder o competencia bajo el domino de las sub-unidades, siempre y cuando su transferencia al estado federal no asegure fehacientemente mejor eficiencia comparativa o efectividad en el cumplimiento de su función);

-Justicia distributiva (A través del principio de justicia distributiva, el estado federal cumple la función de redistribuir los recursos generados en virtud de ecualizar las diferencias de desarrollo entre regiones. En determinadas ocasiones, la aplicación de este principio se contradice con el resguardo a la autonomía de las sub-unidades, entre las cuales las más solventes promueven el fortalecimiento de su autonomía y el mayor usufructo de los recursos que generan. La posibilidad de negociación entre estos intereses contrapuestos, en esencia instituye, según los autores de “El Federalista”, una salvaguarda a la “división igualitaria de la propiedad”).

Los intereses de las sub-unidades, por su parte, encuentran canal de expresión a través de la participación de las sub-unidades en los procesos decisorios federales (desde el Gabinete, la Cámara Baja o la Cámara Alta).

La construcción de un orden político federal se ha abordado diversamente en cada estado nacional, quien, atendiendo a tradiciones, coyunturas, necesidades y objetivos disímiles en permanente cambio desde su establecimiento hasta el presente, ha creado un modelo propio de orden federal con caracteres vernáculos. En principio, el punto de partida para el estado federal puede sobrevenir en ocasión de:

1- Estados independientes que se asocian, cediendo o juntando competencias en determinada área gubernativa que por sí solos no pueden satisfacer. -“Coming together”- (EEUU, Suiza, Australia, Argentina);

2- Un estado originalmente unitario que da reconocimiento a las partes que lo conforman y comparte competencias -“Holding together”- (India, Bélgica, Canadá).

Por otro lado, en virtud de significativas diferencias lingüísticas y culturales entre regiones, la división de competencias puede discriminar entre sub-unidades más cercanas y más lejanas a la identidad nacional mayoritaria. Esta característica, conocida como “federalismo asimétrico”, supone la concesión de competencias más amplias en determinadas áreas de administración a las sub-unidades con diferencias culturales más acentuadas con el fin de proteger su integración en la federación. Contrariamente, cuando la distribución de competencias es idéntica en todas las sub-unidades, se habla de “federalismo simétrico”.

En lo sucesivo, se reconstruirán dos modelos federalistas alternativos, los de Canadá y Estados Unidos, proponiendo hacia el final una somera lectura del sistema federal argentino en contraste con los anteriores.


El Federalismo en Canadá


La introducción de una constitución federal en Canadá estuvo motivada por la necesidad de conciliar la diversidad que marcaban sus partes (Ontario, Québec y las colonias marítimas de Nueva Escocia y Nuevo Brunswick), y especialmente, para facilitar la coexistencia de comunidades lingüísticas inglesas y francesas. Ergo, la primera carta magna canadiense, que data de 1867 (British North America Act), ensayó la fusión de un sistema político británico tradicional que reproducía el sistema de gobierno británico colonial hacia el interior del estado canadiense con principios descentralizadores federalistas. El principio de la federación es la cesión de poderes desde el estado federal a las sub-unidades –provincias- (“holding together”)[1], estableciendo a éstas -y no al estado federal- como los órganos con poderes limitados, marcando un punto de contraste esencial respecto a otras federaciones. Así, se observa que la constitución canadiense confiere explícitamente a las provincias 16 poderes (Art. 92), mientras que al estado federal le reserva una serie de 29 áreas especificadas más todas aquellas que queden fuera de los 16 poderes concedidos a las provincias (Art. 91).

Entre las competencias provinciales se encuentran las de administración de justicia, regulación y celebración del matrimonio, creación de empresas y cooperativas de crédito, imposición directa, administración del sistema de salud, administración municipal, protección al consumidor, propiedad y derecho civil; con extensas facultades en los dos últimos. Asimismo, según el artículo 95 de la misma constitución, se establece jurisdicción legislativa compartida entre el estado federal y las provincias (“concurrent powers”) en materia de agricultura e inmigración. Como contrapartida, el estado federal legisla sobre derecho penal y de procedimientos, tasación, emisión de moneda, sistema bancario, aborígenes, sistema penitenciario, transportes, endeudamiento público, defensa, regulación del intercambio y comercio, seguro de desempleo y derecho de familia. La exclusión de las relaciones exteriores como un área de competencia federal en el texto constitucional de 1867 se debe a que éstas recién fueron cedidas por parte de Gran Bretaña en 1931, por intermedio del Estatuto de Westminster.

Un fenómeno peculiar del federalismo canadiense lo representan las potestades de gasto (“spending powers”) del estado federal y las provincias. Si bien la constitución prohíbe que desde el estado federal se legisle sobre áreas

reguladas exclusivamente por las provincias y viceversa, no impide expresamente que unos destinen partidas presupuestarias para gastos en áreas de competencia de otros, es decir, cada gobierno (federal, provincial) puede gastar fuera de su jurisdicción. Ciertamente, figura a primera vista ser una mera laguna constitucional; sin embargo, esta posibilidad dada a todos los niveles de gobierno ha largamente sostenido políticas de promoción, desarrollo y bienestar promovidas por el gobierno federal, siendo el renombrado programa de seguro médico universal (Medicare) uno de los mejores ejemplos de ello.

La relación entre el estado federal y las provincias da cuenta de la supremacía del primero sobre las segundas en el marco de un sistema político clásico británico ajustado a la situación colonial de Canadá. De esta suerte, se halla que:

-El jefe de estado de las provincias es el “Teniente-Gobernador” (Lieutenant-Governor), designado, pagado y removido por el gobierno federal; reproduciendo de esta manera al Jefe de Estado de cada colonia británica, el Gobernador, designado por el Monarca británico;

-Los senadores, quienes se supone representan a los estados provinciales, son designados y removidos por el

gobierno federal. Aunque en este aspecto no ilustra fielmente a la cámara alta británica (Cámara de los Lores), si se le asemeja en gran medida en tanto sus miembros no son elegidos por sufragio ciudadano;

-El poder de “reserva” (reservation), por el cual un Teniente-Gobernador goza de la potestad de poner en “reserva” leyes provinciales para su ulterior revisión por parte del Gabinete federal;

-El poder de “desautorización” (disallowance), que puede ejercer el Gabinete federal al rechazar una ley provincial, sin necesidad de ser puesta en “reserva” por el Teniente-Gobernador de la provincia en cuestión;

-El poder de “declaratoria” (declaratory power), cuya función es facultar al gobierno federal a emplazar una obra o emprendimiento en jurisdicción provincial o municipal con fundamento en la conveniencia al bien común; [2]

-La autoridad de control del gobierno federal sobre los órganos judiciales superiores, tanto federales como provinciales.

Esta supremacía parece desdibujarse en lo concerniente a las finanzas públicas. Aquí, la participación de los estados provinciales y municipales en la generación de ingresos públicos representa el 60 % de estos, de modo que

los estados provinciales tienden a financiar satisfactoriamente sus presupuestos por sí mismos. En adición, el principio de federalismo fiscal se implementa satisfactoriamente en el país, concentrándose antes en la solución de las disparidades interregionales que en el sostenimiento de los presupuestos provinciales. Para ello, recurrirá a cuatro mecanismos de transferencia fiscal:

-Transferencias impositivas (Tax points / Tax transfers), que consisten en la cesión del derecho a cobro de algunos impuestos desde el estado federal a las provincias. Los impuestos cuyo cobro se cede son aquellos de carácter directo, puesto que son los únicos que ambos niveles pueden imponer –los impuestos indirectos están vedados a los estados provinciales-;

-Subsidios condicionados (Conditional grants), utilizados para solventar políticas provinciales específicas bajo cumplimiento de condiciones demandadas por la administración federal. Dado que la falta a dichas condiciones motiva el cese de la subvención, esta herramienta de transferencia lleva como corolario la influencia política de la administración federal sobre la provincial.

-Subsidios en bloque (Block grants), carentes de condicionamientos para su abono, ungen de discrecionalidad su empleo.

-Retribuciones de Igualación (Equalization payments), introducidos en 1957 para solventar los gastos en servicios públicos de las provincias económicamente menos favorecidas y subdesarrolladas en relación al resto. El propósito fundamental es garantizar que la amplitud y la calidad de los servicios públicos en estas provincias consigan equiparar a los de las provincias más desarrolladas. Por su carencia de condicionamientos, se confunden con los subsidios en bloque.

La historia del federalismo canadiense reconoce cuatro etapas en relación a los procesos de centralización y descentralización que afectan a las federaciones. Dos son de centralización (1867-1885 y 1930-1960), y dos de descentralización (1885-1930 y 1960 en adelante), habiendo sido motivadas por contextos políticos, económicos y sociales internos y externos, así como por la evolución del pensamiento acerca de la administración del estado. En base a estas cuatro etapas y dos procesos, Pierre Trudeau, quien fuera Primer Ministro de Canadá entre 1968 y

1979, y luego entre 1980 y 1984, construye su “Teoría del Péndulo” (The Pendulum Theory), la cual enuncia que las etapas de centralización y descentralización que se siguen unas a otras se neutralizarán, logrando la mayor armonía entre el estado federal y las provincias (equalization). Sin embargo, Bélanger (2001f) argumenta que aquello que más ha impactado en las posiciones de los niveles de administración en cuestión ha sido la expansión de las funciones y la cobertura del estado sobre la vida social, provocando un refuerzo en sus posiciones. A largo plazo, admite, las mejores posibilidades del estado federal de expandir su gasto lo afirmarán en una posición cada vez más preponderante en la federación.

En la etapa centralizadora de 1867-1885, mientras las elites políticas y judiciales revistieron al parlamento federal de poderes más extensos y el gobierno estuvo determinado a explotar sus poderes de reserva y desautorización, reforzando la subordinación de las provincias a Ottawa. Posteriormente, en tiempos de las grandes conflagraciones mundiales se incrementaron los poderes de tasación (mediante la introducción de impuestos a los ingresos, en la década de 1910) y le fueron quitadas competencias a las provincias en busca de consolidar el alcance del estado de bienestar (el seguro de desempleo, por ejemplo). En simultáneo, el establecimiento del estado de bienestar en la

etapa centralizadora de 1930-1960 introdujo mecanismos más asiduos y estables de asociación y cooperación entre el estado federal, las provincias y los municipios. Desde entonces y hasta la actualidad se han constituido medios formales como los “Departamentos de Asuntos Intergubernamentales” (departments of intergovernmental affairs) –en actividad permanente-, “Conferencias de Premieres y Primer Ministro” (First Minister’s Conferences) –tradicionalmente de convocatoria anual-, y el “Consejo de la Federación” (Council of the Federation) –permanente, integrado por los premieres de las provincias-.

A partir de 1960, una etapa de descentralización que alcanza el presente ha generado cambios sustanciales en el estado canadiense. En lo tocante a las reformas constitucionales, desde 1982 –por la Constitution Act of 1982, que se adosa a la British North America Act de 1867- quedó asentado el derecho de las provincias a ser consultado su consentimiento a toda reforma constitucional que involucre su territorio, competencias e intereses (anteriormente, el parlamento federal podía recurrir a reformar unilateralmente la carta magna). En esa misma norma se asienta, además, mayor dominio de las provincias sobre sus recursos naturales. La devolución de poderes a las provincias se ha operado sistemáticamente especialmente con los gobiernos que sucedieron al de Pierre Trudeau.

Canadá es un estado pluricultural y plurilingüístico en el cual el reconocimiento de las diferencias y los derechos de las minorías ha operado desde su existencia como unidad política. El caso de Québec resulta, en tal aspecto, el ejemplo más conocido. Las libertades especiales autorizadas a esta provincia permitieron la instauración del francés como único idioma oficial a nivel de la administración provincial y la independencia de su representación cultural oficial ante el mundo. A la vez, el estado canadiense se constituyó en bilingüe en atención a la importante minoría francófona. El grado de autonomía de Québec casi se reduce a este aspecto, puesto que, como provincia, no dispone de autonomía política superior a la del resto; y en concreto, su situación en la federación es irregular, teniendo en cuenta que es la única provincia que aún no ha avalado la Constitucional Act de 1982.

Resultado de reclamos de origen más reciente, la creación del territorio de Nunavut en 1999 ha sido la consagración de la afirmación de la identidad de las comunidades indígenas del ártico canadiense. En este territorio, con potestades análogas a las de las provincias, el Inuktitut y el Inuinnaqtun, idiomas hablados por los la mayoría inuit de la región, fueron instituidos oficiales junto al inglés y el francés. Más aún, se ha avanzado en la introducción de costumbres y procedimientos de decisión gubernamental propios de la usanza inuit, dando

preferencia a las decisiones basadas en el consenso sobre el tipo de decisión por voluntad mayoritaria.


El Federalismo en Estados Unidos


Los Estados Unidos conforman una república federal desde la promulgación de la Constitución de 1787, en la cual se optó por un sistema federal frente al sistema confederal vigente desde la promulgación de los Articles of Confederation and Perpetual Union” el año siguiente a la independencia, en 1777. La institución del estado federal fue obra de la cesión de poderes y la renuncia a la soberanía por parte de los estados de la confederación, tratándose, por ende, de una federación “coming together”.

Los poderes conferidos al estado federal estadounidense están limitados a los enunciados en la sección octava del primer capítulo de la constitución: política monetaria; préstamos públicos federales; regulación del comercio entre estados, tribus indígenas, y entre los EEUU y otros países; inmigración y naturalización; correos; patentes; sistema judicial federal; política exterior y defensa, entre otros. Los poderes de los estados (sub-unidades) resultan de los

que no han sido incluidos en este artículo ni se les han expresamente prohibido en la sección décima del mismo artículo, principio confirmado por la enmienda nº 10. Al tratarse EEUU de una federación simétrica, las facultades concedidas a los estados son las mismas para todos.

A diferencia de lo que sucede en Canadá, los niveles de la administración en EEUU se encuentran íntegramente separados unos de otros, con poderes ejecutivos y legislativos cuyos miembros son elegidos, en los estados y los municipios, sólo por los electores de su distrito. El sistema judicial, por otro lado, funciona independientemente en cada uno de sus niveles (federal, estadual, municipal), reconociendo al interior de éste su máxima autoridad.

La participación de los estados en el gobierno federal se canaliza en el Senado, cuyos miembros representan a los estados de las sub-unidades (concretamente, estados) en la administración federal. Si bien actualmente son elegidos por sufragio popular, al igual que los representantes, durante poco más de un siglo, hasta principios del s. XX, eran designados por la legislatura del estado que representaban.

Bajo estos lineamientos se desenvuelve originalmente el sistema federal norteamericano, cuya primera etapa (1789-1861) estará trazada por el “federalismo dual”. Éste consiste en la concesión al estado federal y a las

sub-unidades de competencias excluyentes entre sí, en el marco de las cuales cada nivel goza de autonomía para su gobierno. Con todo, la relación entre los niveles de administración tiende a resultar ríspida, pues desde el comienzo surge constante competencia por acaparar las áreas que quedaron fuera de la distribución, o bien, aparecen intentos por excederse en el manejo de las competencias.

La segunda etapa (1861-1930) fue el contexto en el que se produjo el desarrollo posterior a la guerra civil y, a principios del s. XX, en el que se llevaron adelante las transformaciones institucionales democratizadoras de la Era Progresiva (Progressive Era). La guerra civil había demostrado que el respeto a la diversidad de los estados no aseguraba la consecución del ideal de libertad, sino que, en muchos casos, atentaba contra éste. Al mismo tiempo, la complejidad creciente de la vida social y la estructura económica demandaba un paulatino incremento en el ejercicio del rol regulador y de provisión de servicios públicos del estado. Así, el estado federal, con la misión de conducir las reformas progresivas a todos los estados, asumió tareas más complejas de regulación y reforma económica, tornándose a fines del s. XIX en el principal promotor del desarrollo económico, asumido en la tarea de corregir el desbalance observable entre crecimiento económico y libertad personal. Fue entonces que varios

cuerpos de las administraciones de los estados quedaron en control del estado federal (como las autoridades de ferrocarriles) y se produjeron algunas innovaciones, como la imposición de una tasa a los ingresos en 1913, o los primeros subsidios destinados a mitigar la deuda social de la modernidad, en la década de 1920. En aquel tiempo, la instrumentación de subsidios era calificada “voluntaria” para los estados según la Corte Suprema, por lo cual no se reconocían jurisdicciones federales ni estaduales en la materia.

La etapa siguiente (1930-1960) estuvo marcada por la Gran Depresión, el New Deal, la segunda guerra mundial y la posguerra, y en cuanto al sistema federal norteamericano, por un novedoso salto hacia el “federalismo cooperativo” (cooperative federalism), fundado en la cooperación intensiva entre el estado federal, los estados y los municipios para la aplicación de programas que propiciaran el desarrollo y asegurasen mejor calidad de vida. La distribución de competencias comenzó a resultar menos nítida que en el “federalismo dual”, y la presencia del estado federal se multiplicó en áreas antes reservadas a las administraciones estaduales (relaciones labortales, agricultura) o previamente ajenas a la acción estatal. La nueva separación de competencias fue simbolizada por la

marble cake (torta marmolada), remarcándose el entramado de poderes y funciones, confuso, en oposición a la layer cake (torta de capas), distintiva de los poderes divididos en el “federalismo dual”.

La posibilidad de reforzar la presencia del estado federal se sustentó mayormente en la extendida capacidad de fijar impuestos no coparticipables a los estados instituida por la enmienda nº 16. Por tanto, el estado federal se valió de esos fondos para financiar programas conducidos por los estados bajo su supervisión –tomaron forma los “subsidios de ayuda” o “subsidios categóricos” (grants in aid, categorical grants)-, una innovación cuya utilización se consolidará en las futuras décadas.

El “federalismo creativo” (Creative federalism) se desarrolló entre 1960 y 1980, proponiendo abordar una solución definitiva a las cuestiones de la segregación racial y económica. Ergo, hizo hincapié en los “subsidios categóricos” y en la organización de nexos y programas conjuntos en todos los niveles de la administración, financiados por los

project grants” (subsidios para proyectos específicos). La explosión de proyectos llevó en numerosas ocasiones a la superposición y a la incompatibilidad, pero, por otra parte, formó un cuerpo de administradores idóneos en los estados, en quienes se apoyó, posteriormente, el proceso “devolutivo” que se inició en la década de 1980. Desde entonces, en la etapa conocida como del “nuevo federalismo”, se ha procedido paulatinamente a la devolución de competencias a los estados, reduciendo el control federal de los programas de subsidios y reformulando la concurrencia del estado federal en el gasto público destinado al bienestar. La devolución de facultades no ha sido precisamente un proceso uniforme. Aunque haya habido traspasos de programas federales a los estados, con sus correspondientes fondos, también se ha apelado a la práctica de conceder “subsidios en bloque” (block grants), qu

e no son más que fondos girados sin un objeto de gasto preestablecido. Sin embargo, la escasez de fondos federales y la ejecución de recortes presupuestarios acabaron, últimamente, levantando restricciones a la forma en que los mismos se aplican.


El federalismo en Argentina, ¿ser o no ser?


En un sistema federal relativamente “atemperado” como el argentino, se ha coincidido que la reforma constitucional de 1994 ha reforzado los principios de federalismo a raíz de la modificación del sistema financiero, la autonomía municipal, la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, la concesión de potestades a las provincias en materia internacional, la propiedad provincial de los recursos naturales, la modificación del régimen financiero,

reconociéndoles a las provincias el derecho concurrente a establecer impuestos indirectos.

Contrariamente, Garat (2008), suscribe a la idea de que Argentina se está desfederalizando, presentando sus causas: la crisis permanente del Tesoro Nacional, la cual explicaría la mutación de la distribución de competencias entre el gobierno federal y las provincias; la ausencia de idearios federalistas en los partidos políticos; la concentración y el consiguiente despoblamiento poblacional; el “estado de emergencia” permanente del estado federal y los provinciales.

Es evidente que, a pesar de haberse expresado la voluntad de descentralización por medio de la modificación de algunas normas, el federalismo argentino se las ha arreglado en los últimos 20 años para enredarse en un

atolladero de difícil salida. El punto está en llegar a un acuerdo en torno a la preferencia por una forma de estado más centralizada o una más descentralizada, pues actualmente se ha avanzado en la cesión de competencias del estado federal a los provinciales allí donde se produce el gasto público, mas no ha sido igual derrotero que siguieron las competencias de recaudación. Más del 60% del ingreso público es recaudado por el estado federal, y desde allí, distribuido. Si se lo compara con Canadá, la situación es de proporcionalidad inversa, lo cual, sin duda, trae aparejado mayor poderío económico del estado federal. En la medida en que éste extienda el alcance de sus tributos dejándolos afuera del sistema de coparticipación federal, las provincias seguirán más dificultadas de cubrir su expandido gasto e intensificarán su dependencia del estado federal.

Son conocidos y se admiten fundados los temores de ineficacia de los estados provinciales. Por eso, tanto Canadá como EEUU nos ofrecen fructuosas experiencias de las cuales aprender a afrontar esta coyuntura. Los conditional grants son un asunto pendiente en Argentina, y ciertamente, es incalculable el efecto positivo que tendrían en las administraciones provinciales, que ante la necesidad de demostrar avances y mejoras en la calidad de los servicios públicos para continuar accediendo a mayores fondos, podrían interesarse en mejorar su funcionamiento y auto-superarse. Los equalization payments podrían, a su vez, contribuir al progreso de las provincias más a

trasadas; o, a través de los projects grants se atacarían sistemática y constantemente contextos económicos y sociales críticos, evitando que la atención de los mismos sea apenas un tópico más de un presupuesto público, el cual, por naturaleza, se inclina por privilegiar el cálculo político antes que la necesidad. Mal que nos pese, todas estas posibilidades sólo serían factibles si se optara por un sistema de recaudación descentralizado, que provea a las provincias de recursos inmediatos para la atención de su gasto. Puntualmente, Canadá nos muestra que el éxito del federalismo fiscal, la justicia distributiva y la solidaridad parten de un presupuesto irrebatible: que las sub-unidades hayan podido primeramente satisfacer el máximo posible de sus gastos por sus propios ingresos.


Marcos Papais



[1] Aún así, persiste el desacuerdo acerca de si Canadá es una federación “holding together” o “coming together”. Eventualmente, la conformación del Canadá federal en 1867 parte de la incorporación progresiva de varias colonias (Nueva Escocia, Nueva Brunswick, Columbia Británica, Manitota, Isla Príncipe Eduardo, Terranova) a un estado original, la Provincia Unida de Canadá, creada en 1840 y compuesta por Alta Canadá (Ontario) y Baja Canadá (Québec), que, a su vez, fue una conveniente división para facilitar la convivencia entre colonos británicos y franceses tras la victoria británica en la Guerra de los Siete Años.

[2] Pese a estar presentes en la constitución, estos tres poderes enunciados con anterioridad (reservation, disallowance, declaratory power) fueron con el tiempo excluidos en la práctica.



Bibliografía

-Bélanger, C. (2001a) “Canadian federalism and the Spending Power of the Canadian Parliament”. En Internet: http://faculty.marianopolis.edu/c.belanger/quebechistory/federal/spending.htm

-Bélanger, C. (2001b) “Comparing Canadian and American Federalism” En Internet: http://faculty.marianopolis.edu/c.belanger/quebechistory/federal/compare.htm

-Bélanger, C. (2001c) “Confederation Pact Theory” En Internet: http://faculty.marianopolis.edu/c.belanger/quebechistory/federal/1867pact.htm

-Bélanger, C. (2001d) “Equalization Payments” En Internet: http://faculty.marianopolis.edu/c.belanger

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-Bélanger, C. (2001e) “Federalism” En Internet: http://faculty.marianopolis.edu/c.belanger/quebechistory/readings/federal.htm

-Bélanger, C. (2001f) “The Pendulum Theory” En Internet: http://faculty.marianopolis.edu/c.belanger/quebechistory/federal/pendulum.htm

-Frías, P.J. (2008) “El Federalismo Argentino” En Internet: www.acaderc.org.ar/doctrina/articulos/artelfederalismoargentino/at_download/file

-Garat, P. M. (2006) “El federalismo argentino y la crisis de su estrado federal” en Cuaderno de federalismo, Vol. Nº 19. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, 2006.

-Ladenheim, K. (1999) “History of US Federalism”. En internet: http://www.cas.sc.edu/poli/courses/scgov/History_of_Federalism.htm

-Makarenko, J. (2008) “Federalism in Canada: Basic Framework and Operation”. En internet: http://www.mapleleafweb.com/features/federalism-canada-basic-framework-and-operation

-Sabsay, D.A. (1999) “El Federalismo Argentino. Reflexiones luego de la Reforma Constitucionalen Agulla, J.

C. (comp.), Ciencias Sociales: Presencia y Continuidades. Academia Nacional de Ciencias. Instituto de Derecho Público, Ciencia Política y Sociología. Buenos Aires, 1999, pp. 425-438. En Internet: http://www.farn.org.ar/docs/a01/art1_f.html

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-The Constitution Act, 1982 (Canadá). En Internet: http://laws.justice.gc.ca/en/const/index.html

-United States Constitution. En Internet: http://www.law.cornell.edu/constitution/constitution.overview.html


Personaje del Mes

NOVIEMBRE
Las AFJP (Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones). Otrora exitosas organizaciones henchidas de recursos, hoy en agonía. Festejos por su anunciado final, al compás de la marcha peronista, y acusaciones de robo contra el chivo expiatorio de todos los tiempos (el Estado) han llenado de escenas de histrionismo el debate público. Sin embargo, poco a poco se percibe consenso acerca del fracaso de estas organizaciones en su labor de gestionar eficientemente el ahorro de los adultos para su bienestar futuro. Sumado a la culpa del Estado, que las forzó a comprar títulos públicos que tarde o temprano devaluaron, el propósito de éstas ha quedado denostado ante la evidente filtración de la seguridad del bienestar por la especulación financiera. Al cabo, se ha ganado otra oportunidad de restaurar la solidaridad intergeneracional como medio de estabilidad y tranquilidad, un principio fundamental de comunidad. El deseo es que nada lo distorsione.

Personaje del Mes (OCTUBRE)

Personaje del Mes
OCTUBRE

CHARLES PRINCE y ANGELO MOZILO, dos protagonistas de la crisis financiera que tiene al mundo en ansiosa expectación. Son dos padres de familia, dos asalariados, dos hombres que viven el presente del “American Dream” perdiendo sus empleos. Son conscientes de la implosión de la época, mas nada temen. Grotescos, son los últimos compradores de la botella de Stevenson; gozosamente dispuestos a no poder deshacerse jamás de ella. El primero, ex CEO de Countrywide, el segundo, ex CEO de Citigroup, se vistieron con las ropas de Suharto, Mobutu y Trujillo anhelando embeberse del espíritu de sus parasitarios talentos, para no ser más que unos potenciados truhanes, de esos que hormiguean por los hipódromos prometiendo discernimiento y seguro triunfo a los despistados novatos en las apuestas. Son también, el instrumento de estructuras de conducción mal concebidas, opuestas a la sensatez, a la continuidad, a la responsabilidad. Mozilo y Prince, con obsecuencia, omitieron reconocer los problemas que habían ocasionado, y, con todo, cumplieron la máxima de socializar las pérdidas. La historia ya la conocemos: quiebras, despidos, salvavidas pagados por los carpinteros y plomeros, y premios, sí, premios, como Trujillo, Mobutu y Suharto, cuyas contribuciones a la humanidad deben ser impagables. Centenares de millones de dólares, para no ser menos en un encuentro con Baby Doc en algún café de la Côte d'Azur.

sábado, 8 de noviembre de 2008

¿Cómo son nuestros senadores nacionales?
¿Qué los distingue de los diputados?

Es conocido que la justificación de la Cámara Alta en nuestro sistema político se asienta, en parte, en su diferenciación de la Cámara Baja en términos de la formación y experiencia acumuladas por sus miembros. En tal sentido, corresponde a los aspirantes a miembro de la Cámara Alta una edad mayor respecto de quienes se postulan a ejercer un mandato en la Cámara de Diputados, estableciendo además nuestra constitución una renta mínima que el senador ha de disponer por su cuenta. Paralelamente, fuera del texto constitucional mas efusivamente en el ideario de los constitucionalistas de 1853, sonaba el arquetipo del senador de dilatada trayectoria política, versado en la dirección de los asuntos públicos, industrioso e insigne referente moral en su comunidad. Encumbrados senadores a lo largo de la historia, tales como Nicasio Oroño, Carlos Pellegrini, Joaquín V. González, Lisandro de la Torre, Raúl Alfonsín y Antonio Cafiero fueron, aún con sus excesos de vicio, sus fieles personificaciones. Sin embargo, éstas son apenas unas poquísimas figuras reconocidas, y entre todas aquellas virtuosas y discretas que han quedado en las sombras, las cohibidas y las que consiguieron ser olvidadas con tal de no despertar mayores rencores, subsiste el interrogante acerca de la mentada capacidad y experiencia que habría de hacer sobresalir a los senadores por sobre los más jóvenes y legos diputados. Haciendo foco en la actualidad, se ha tomado al azar una muestra de 20 senadores[1] con mandato vigente, tomando como dimensiones las siguientes: Edad, Máximo nivel de estudios alcanzados, Cargos políticos previos (Ejecutivos, Legislativos y Otros relevantes), Años en funciones políticas, Actividad académica relevante, Actividad económica relevante; y por último, se ha tomado nota de algún otro aspecto de la persona que contribuyera a su formación. De allí se ha observado que:
· Si bien alcanza con tener 30 años de edad para acceder a ser senador, el promedio de edad del grupo seleccionado es de 58,1 años, siendo ninguno menor de 49 años. Fuera del grupo seleccionado, los más jóvenes de toda la cámara son los senadores Martínez (TF) y Calcagno, quienes atraviesan la mitad de los cuarenta. Esto muestra, en principio, que en el criterio de selección de los candidatos predomina el patrón del senador madura, aunque bien es cierto que, por un lado, los políticos más jóvenes prefieren proyectarse a las intendencias y a los legislativos provinciales, y por el otro, que los partidos tienden a evitar las elecciones internas de candidatos, resultando en una mayor presencia de los aspirantes de mayor edad como candidatos a gobernador, senador nacional y los primeros puestos de las listas de diputados nacionales. Aún así, hubo treintañeros elegidos senadores, tal el caso reciente de Jorge Capitanich, quien asumió su banca a los 37 años.
· En cuanto al nivel de estudios alcanzado, 16 de los 20 casos en cuestión ha completado una carrera universitaria de grado (de los cuales 6 obtuvieron postgrados), mientras que uno completó una carrera terciaria, otro posee estudios universitarios incompletos, y dos cuentan al menos estudios secundarios completos. En este caso, se exhibe notablemente un mayor grado de profesionalización y de acceso a la educación universitaria que lo que se esperaría de los miembros de la Cámara de Diputados, muchos de los cuales provienen de ramas políticas sindicales o de movimientos sociales, por lo cual resulta evidente que no se hayan formado en la educación superior.
· La experiencia previa en cargos ejecutivos no resulta, al cabo, tan desarrollada y generalizada. Los casos de ex gobernadores y ex presidentes suman diez en toda la cámara, a los que se les suma unos pocos casos más de quienes alguna vez ejercieron de vicegobernador o intendente. La diferencia entre los primeros y los segundos radica fundamentalmente en la cantidad de años que ejercieron los cargos en cuestión, que han sido muchos más en el caso de los ex gobernadores en comparación con ex intendentes y vicegobernadores. Esto se debe, sin duda, a que las posibilidades de reelección de los mandatarios provinciales se encuentra limitada constitucionalmente, mientras que la posibilidad de los Intendentes de acceder a sucesivas reelecciones está absolutamente avalada por la ley. Asoma singularmente la correspondencia entre la poca cantidad de años al frente de los municipios y la poca significación demográfica de estos; circunstancia que puede ser explicada por el prominente atractivo político de las intendencias de las mayores urbes sobre los cargos legislativos, aún tratándose del Senado de la Nación.
· En relación a la experiencia previa en cargos legislativos, la mayoría de los senadores del grupo seleccionado han pasado al menos 2 años siendo concejales, diputados provinciales, senadores provinciales, diputados nacionales y/o senadores nacionales antes de asumir su actual mandato. Un senador líder de bancada, tal el caso de Pichetto, ha acumulado hasta 2007, año en que inicia su segundo período como senador nacional, catorce años en el Congreso nacional (6 como senador y 8 como diputado), cinco años como diputado provincial y dos como concejal. Tratándose del líder de la principal bancada del Senado y de un miembro del Consejo de la Magistratura a lo largo de siete años, sin hesitar se lo puede calificar como un legislador competentemente formado para desenvolverse en sus responsabilidades, cercano al paradigma de senador aludido. De características similares, los senadores Castillo, Marín, Menem, Nikisch, Reutemann, Rodríguez Saá, Romero, Saadi y Verani saben exhibir dilatado recorrido en sus carreras políticas y son incuestionablemente los estandartes de la experiencia y la sabiduría del político avezado en la cámara, pudiéndose agregar a esta lista los nombres de Del Valle Colombo de Acevedo, Giustiniani y Sanz. Inversamente, la cámara ha incorporado, asimismo, políticos sin trayectoria legislativa y ejecutiva previa, quienes en ciertos casos tampoco han accedido con anterioridad a cargo político alguno en la administración pública. Aquí concurren dos realidades: en primer lugar, quienes han aparecido como figuras en espacios políticos que han hecho una apuesta al perfil del candidato novato en el mundo de la política. Son individuos que se han destacado en su área profesional o por su centralidad en ámbitos académicos (Cabanchik), empresarios (Urquía, aunque también se ha desempeñado como intendente de una pequeña localidad del interior cordobés) y del tercer sector (Estenssoro), entre otros; y su aparición política procura mostrar distancia de los vicios del profesional político. Algunos de ellos han ocupados cargos políticos en la administración (ministerios, secretarías, direcciones de organismos dependientes o autárquicos del Estado), cual lo ha hecho Filmus. En segundo lugar, aparece un grupo peculiar de senadores que han abordado su carrera política ante la necesidad de adaptarse los partidos políticos a la ley de cupos femeninos. En algunas provincias, ante la carencia de figuras políticas femeninas reconocidas, se ha buscado saldar los requisitos exigidos en pos de la composición plural de las listas de candidaturas recurriendo a las esposas, hermanas y primas de los políticos varones dominantes, utilizando el apellido como carta de presentación (Liliana Fellner, Nancy Parrilli y Ada Maza e Hilda Duhalde, éstas con alguna experiencia antes de su actual mandato).
· El paso por cargos políticos en la administración pública ha implicado a la mitad de los senadores del grupo de 20 analizado, aproximándose quienes exhiben experiencia en funciones legislativas a quienes no la acreditan. De esta manera, no es posible argüir que la dedicación a funciones ejecutivas y legislativas ha necesariamente privado del ejercicio de cargos ministeriales, secretariales, directivos en organismos públicos y de asesoría; ni viceversa. Cuando a la inexperiencia en cargos electivos se agrega la alienación respecto a cualquier responsabilidad de relevancia en la administración pública, la comprensión y el dominio del sistema político-estatal se muestra indefectiblemente reducido, cercenándose la capacidad de acción e influencia del legislador.
· Menos de la mitad de los senadores se han ocupado en puestos relevantes en la academia, y menos aún se han desenvuelto en ocupaciones directivas. Inequívocamente, una carrera política de alto vuelo no compatibiliza con una carrera académica intensa y exitosa, a lo cual ha de deberse eventualmente que quienes han sido docentes universitarios y/o investigadores hayan descontinuado esta actividad.
· En EEUU abundan los senadores y representantes que son a la vez cabeza de grandes corporaciones; una realidad que en Argentina no se encuentra a tal punto difundida. Sólo seis senadores de la muestra de 20 en cuestión poseen un perfil empresarial o bien han hecho de una profesión liberal su fuente principal de recursos, aunque no ha de ignorarse que muchos de ellos se inician como emprendedores una vez que su presencia en la política les ha valido el acceso a personas, recursos y diversas facilidades para crear, asociarse a, y desarrollar empresas.
· Un matiz jugoso del perfil del político es la variedad de ocupaciones en las que ha sabido desempeñarse y las inquietudes cultural o socialmente importantes que ha tenido en su vida. En ello se percibe una propagada vocación en organizar y conducir asociaciones de la sociedad civil y grupos de reflexión política, en nada ajeno al interés del político. Más limitadamente, se aprecian publicaciones de libros y artículos académicos, ensayísticos o de opinión característicamente entre aquellos que son figuras de la academia; magistrados; consultores e integrantes de organismos de Naciones Unidas; y, distinguidamente, convencionales constituyentes en la última Asamblea Constituyente de 1994.
A lo largo de estas líneas se han expuesto sumariamente las características primordiales que hacen a la figura del senador en Argentina, y a pesar de la innegable limitación de lo que se ha escudriñado, al acometer cualquier cotejo con la figura del diputado se halla que las diferencias fondean más bien en términos de representatividad generacional o proveniencia de clase socio-económica; en desmedro de la diferenciación por experiencia política. Para acceder a un mandato de diputado nacional sólo basta con tener veinticinco años de edad, lo que convierte a esta cámara en receptora de los jóvenes ávidos de ascender en su carrera política. Por otro lado, dado el número mayor de integrantes en relación al Senado y la duración más corta de los mandatos, la composición de esta cámara ofrece mayores posibilidades de incluir tanto a los jóvenes como a personajes políticos recientemente iniciados, o bien, representantes de agentes políticos menores, sindicales, sociales y económicos asociados a las formaciones políticas. De estos provienen los numerosos diputados que no han abrevado en la educación superior.
No obstante, la mayor parte de los diputados son también profesionales y, en la medida en que se acercan a la edad promedio de los senadores, su experiencia en cargos políticos presenta cuantiosas similitudes en relación a la de estos últimos. Como es sabido, la disponibilidad de bancas en la cámara de diputados es 2.5 veces mayor en cantidad y 1.5 veces más en el tiempo, a lo que se adhiere una renovación más fluida de las bancas –cada distrito elige diputados cada dos años, mientras que senadores elige cada seis-; y no hay otra razón, en el fondo, descontando el imperativo de presentar un candidato popular con quien se pueda urdir una ventajosa elección, que explique la presencia de nombres como Díaz Bancalari, Fellner (Eduardo), Obeid, Puiggrós, Rossi (Agustín) y Solá, cuyas trayectorias se miden a la altura de los más políticamente versados senadores.
Más allá de la equiparación de la elite de la cámara de diputados a la de la cámara de senadores, finalmente, el senador termina prevaleciendo, y quien hoy es diputado, se vale de su puesto para avenirse a un cargo ejecutivo o para acceder al Senado, que es, en nuestro sistema federal, el órgano que cumple el rol de representar y ejercer la voz y el voto de las provincias en la federación.


Marcos Papais


[1] Bertolozzi; Cabanchik; Colazo; Corregido; Del Valle Colombo de Acevedo; Fellner; Filmus; Gioja; Marín; Massoni; Morales; Negre de Alonso; Pampuro; Parrilli; Pichetto; Rached; Reutemann; Rodríguez Saá; Urquía; Viudes.

sábado, 1 de noviembre de 2008

Personaje del Mes
SEPTIEMBRE
LARGE HADRON COLLIDER. Representando al "ATLAS Experiment", uno de los 5 detectores de partículas con el que cuenta el LHC (gran colisionador de hadrones), esta foto fue una de las imágenes de la obra humana que más ha dado que hablar en las últimas semanas. Sorprendente y desconocida a la vez, esta máquina sólo puede ser mirada desde dos puntos de vista: el de quien la domina y el del lego. Así, un viso de estupefacción se imprime en las caras de quienes ostentan títulos de Profesor y Doctor cuando les interrogamos sobre ella. Enterados de que han invertido su dinero en esta creación inexpugnable, los contribuyentes dispondrán al menos de un aparato motivador de historias de hombres devenidos dioses hacedores del génesis y el apocalipsis. Disfrutando de las historias urdidas por los legos, los estudiosos de la física de partículas continuarán, día a día, con su rutina laboral de 8 horas diarias de trabajo, descontando una hora diaria para el almuerzo, con sábados y domingos libres y 45 días de vacaciones anuales, reconfortándose, para su placer, con la cercanía del tónico Lago de Ginebra; el mismo frente al cual adoleció y murió Borges, quien, casi sin querer, ha dejado en su epitafio un mandato a los legos: "...and ne forhtedon na" (...y que no temieran)

sábado, 18 de octubre de 2008

Personaje del Mes

AGOSTO

MICHAEL PHELPS, “The Bullet of Baltimore”, nadador y medallista olímpico estadounidense. El mundo ha hablado más de él que de la suma de los atletas olímpicos de toda la historia del olimpismo moderno. “El mejor atleta de todos los tiempos” ha dado en llamarlo Mark Spitz, su precursor, a este nadador extraordinario, máxima expresión de la refinación del talento. La modernidad ha permitido al hombre explorar la perfección de sus posibilidades físicas y maravillarse por ello. Sin embargo, a su vez, nos somete a interrogarnos sobre las reflexiones que Erich Fromm exponía en su obra “La Sociedad Sana” respecto al individuo que creaba el desarrollo de la sociedad moderna: un hombre cada vez más autómata, de razón deteriorada e inteligencia expandida, que hacía de él un sujeto equipado con el más grande poder, mas carente de la sapiencia sobre su uso. ¿Será, acaso, que hemos conocido un Golem?

domingo, 24 de agosto de 2008

Personaje del Mes
JULIO

ÁLVARO URIBE e INGRID BETANCOURT, líderes en los rankings de personas con mejor imagen pública en Colombia (85% y 80%, respectivamente). Dos políticos en un mismo campo, con talantes y derroteros opuestos, mas inexorablemente ligados por el destino. El primero, vencedor de aquella contienda electoral que deparó a la segunda caer en manos de las FARC, fue el ejecutor de una política exitosa contra las guerrillas y sus crímenes que permitió liberar a su contrincante. La segunda, agradecida por haber sido librada de su tormento, explota su momento de trascendencia y vilipendia la política del primero. El primero, sigiloso, cree que ser presidente por un período más será su inexpugnable gloria. La segunda, locuaz, confía que su martirio pasado deificará su palabra. Ambos yerran en sus expectativas; pero la obra perdura, y las copiosas voces se prodigan en el aire…

viernes, 22 de agosto de 2008

La desesperación ante lo que se ha sido

(-Sobre la violencia de los grupos políticos de izquierda en las décadas de 1960 y 1970, y la polémica en torno a la carta abierta de Oscar Del Barco.)
The opposite of a correct statement is a false statement. But the opposite of a profound truth may well be another profound truth”.
Niels Bohr (1885-1962)

Si hay algo que trazó el espíritu de la militancia de izquierda en las pasadas décadas de 1960 y 1970, inmensamente más intenso que en la actualidad, fue el sentimiento de irrefutabilidad de las teorías y las impresiones acerca de la realidad que animaban sus proyectos políticos. El ideal de “Paraíso en la Tierra” constituía un fin inexorable que debía ser tarde o temprano emprendido por quienes primero encontraran la fórmula que condujera a sus preceptos absolutos y al mundo real por la misma senda. La ruptura con las respuestas que clamaban por el consenso a través de la búsqueda de procedimientos aceptados por todos los actores políticos revivió la variable de la imposición en la política. Entre la vida en el partido y la vida en el grupo armado, sobreviene ese paso que Héctor Jouvé

[1] con temeraria levedad refiere como el desencantamiento del esquematismo, la ausencia de discusión y la mentira, seguido del aprovisionamiento de armas y la planificación de operaciones insurgentes. La utilización de la violencia había sido en los años previos un recurso para provocar un hecho político: la Revolución del Parque, el golpe del 30, la Revolución Libertadora, por nombrar tres eventos provocados por corrientes políticas distintas. Sin embargo, tal mana del relato de Jouvé, la novedad estaría dada por la invocación a la eliminación del enemigo, del crítico, del neutral y del débil, quienes serían concebidos como los negadores de la Verdad, aquella que ya estaba dada y emplazaba a mover el cielo y la tierra por ella. La escenificación de esta vocación de asesinato e inmolación, emprendida en el derrotero de aquel grupo al cual Jouvé integró junto a Masetti y otros aliados del “Che” Guevara, consistió en el sacrificio de dos de sus jóvenes cuadros, quienes mostrándose débiles y dubitativos, faltaban a la Verdad que guiaba al movimiento revolucionario. Por ello, el filósofo Oscar Del Barco[2], desnudando su sentimiento de culpa por lo que él supo aprobar, y quienes sucedieron sus palabras sea para criticarlo o para apoyarlo, nos llevan a interrogarnos acerca del cómo y el por qué de lo pasado, así como de la actitud que en tanto ciudadanos presentes y futuros, hayamos o no participado de la época en que esta circunstancia se produjo, debemos asumir para conocer fácticamente y juzgar moralmente los acontecimientos en cuestión.
El más grave error en el juego de la política es, sin lugar a dudas, el concederse el dominio de la Verdad; pues ello incapacita para tomar parte de los ejercicios que hacen a su esencia: debatir, negociar, conceder, persuadir, consensuar y resolver. La Verdad, revelada como un absoluto, es imposible de ser debatida, no hay nada que negociar de ella, menos aún es digna de conceder, y en tanto es Verdad, su existencia es su coronación, su ineluctable victoria sobre lo que no es ella misma. Ese “Paraíso en la Tierra” gestado por el pensamiento de izquierda revolucionaria era precisamente la Verdad a la que se dieron a responder, lo inexorable, lo deseable, lo único posible. Una vez que esto ya se ha imaginado y aceptado como absoluto ya no queda espacio para otra idea, ni aún para otra forma de pensar en esa Verdad, como visión y misión. Ergo, la política y su juego dejan de ser el campo de acción sobre el que se desplegarán las ideas y propuestas en busca de alcanzarlas, y se tornan uno de aquellos vicios que degradan a la Verdad. Así lo entendió Lenin cuando decidió provocar el golpe de Estado contra el gobierno de Kerensky; por lo que la historia del comunismo, del socialismo real, de la revolución exitosa, se escribe con la pólvora y la sangre pegoteadas en las manos, lejos de la política, imposibilitada de la reflexión, de la vuelta atrás, de las soluciones intermedias y del desvío oportuno. No existe posibilidad de doblar la Verdad, a menos que se recurra a las mañas embaucadoras que llevaban a Jouvé a aborrecer del Partido Comunista. Es por eso que, inhabilitada la política, el camino a explorar conduce a las armas y el asesinato, donde la Verdad se impone o se quiebra, mas no se dobla.
Cómo comprender la revelación de la Verdad resulta por lo demás mucho más dificultoso que dar cuenta de la conexión, la atracción, entre Verdad y violencia. Por un lado, un sistema republicano debilitado es factible de abrir el terreno a pensamientos políticos extremos que persigan un ideal de verdad; pero, por el otro, la distancia entre perseguir una idea surgida de una lectura de la realidad posible de ser refutada y reformulada, y ser agente de la Verdad, continúa resultando desazonadora. Sólo la religión nos ofrece un paralelismo, pues ésta es Verdad. El dios, el dogma, sus intérpretes y predicadores, son el absoluto necesario e indiscutible, pues no negocia, no concede ni recibe, sino convierte, invade. La Verdad en la política, en su proceder religioso, no hace más que repetir la historia atroz de la religión. No se halla realizada en el parlamento, en la institucionalidad ni en ningún sitio de la sociedad. Si la revolución es vista como el paso que vendrá, el sistema imperante es el edificio a implosionar, jamás el medio común; la sociedad se divide en los “buenos” y aliados –sometidos, pauperizados-, y los malos enemigos-explotadores, enriquecidos-, jamás en individuos con intereses propios que pueden adherir o rechazar libremente las propuestas políticas. Contrariamente a la religión, que puede presumir de Verdad y siempre que se reduzca al individuo, ser como tal respetada; el pensamiento político está ante el deber de comprender su contingencia, su grado de oportunidad y su inexorable refutabilidad. La religión sólo atiende al alma, y por más verdad que reclame, cada individuo la gobierna dentro de sí. El pensamiento político, que alimenta al gobierno del Estado y la Sociedad, no puede constituirse en Verdad, porque lejos de buscar certezas como el alma necesita, debe perseguir el conocimiento de los hechos para juzgarlos, deducir sus problemas y generar propuestas de soluciones. Asimismo, ha de encontrarse con la heterogeneidad de las formas en que se produce, por lo que necesariamente su veracidad es inexistente y su valor, relativo. Resolver cómo dejar de creer que la sociedad debe adherir a un tipo de comunismo y abandonar la revolución como método de consagración de la Verdad, constituye el punto de partida para integrarse al juego político y entregarse a uno mismo en cuanto actor y en cuanto a idea al resultado de aquel. El proceso inverso ha sido la fatal experiencia ante la cual Oscar del Barco reconoce su culpabilidad y se llama a la contrición.
Winston Churchill decía que el estadista que se entrega al fervor por la guerra debe ser consciente de que una vez dado el grito, deja de ser el amo de la política para convertirse en el esclavo de una serie de eventos impredecibles e incontrolables. A partir de allí nace la lógica criminal de la violencia deplorada por Del Barco en su polémica carta. El desconocimiento del “no matarás”, premisa esencial de toda comunidad, confiere a la muerte la posibilidad de ser llevada a cabo por cualquier actor que esgrima una justificación para causarla. Otra vez, la religión nos da cuenta de cómo ha sido capaz de amalgamar asesinato y justificación, y en ese sentido, las réplicas de Keshishián
[3], Parisi[4], Panzetta[5] y Tejerina[6] adquieren el talante de respuestas justificatorias basadas en el fervor y el mandato de la fe. La resignación a aceptar la violencia como lo que media entre posiciones y concepciones políticas antagónicas; la justificación de una violencia sobre otra en virtud de valorarlas en razón de la concepción o el sector social que su ejecutor afirma representar; el recurso a excusar el crimen en nombre de la particularidad histórica de su surgimiento, su transfiguración a la razón de causa-efecto o su extrapolación a las ontologías del pensamiento revolucionario sobre hombres que no son más que individuos hechos en su tiempo. Desde la doblez a la pendencia, no es dable rastrear el mínimo estremecimiento en sus palabras, abandonando toda mesura y racionalidad a la discreción de creencias e ideales políticos para ellos incontestables. Algunos han dado en llamar “fundamentalismo” a la consigna “no matarás”, pero es al cabo establecido en esa consigna el principio de toda moderación frente al fundamentalismo de sus concepciones sobre la política y la vida. El pensamiento fundamentalista se caracteriza por desconocer que entrar a la guerra equivale a desencadenar hechos imposibles de controlar, y una vez que los ha suscitado, es incapaz de reconocer el momento que los originó. Sin más, quienes criticaron a Del Barco y le enviaron vanamente la viperina serpiente, resultaron ellos mismos mordidos.
La opinión de Christian Ferrer
[7] aparece muy traslúcida en tanto se procura entender la conexión, la sinergia de pensamiento político y violencia, de la que resultó el terrorismo y la guerrilla de las décadas del 60 y el 70. Sin tapujos, Ferrer conviene que no hay asesinato posible sin que razones superiores a la conciencia del individuo justifiquen el acto, cuestionando las basas éticas sobre las que se fundan dichos crímenes. La responsabilidad frente al crimen sólo existe si es capaz de ser cargada a cada asesino, y si esa responsabilidad es por tal negada, se pone en peligro todo intento futuro por conocer y juzgar la matriz de la violación. No asumir la dimensión del acto de asesinar es inherente al fundamentalismo, que, por el contrario, supone contemplar serenamente la tragedia como una tarea desagradable pero imperiosa. De esta suerte, Ferrer evidencia la debilidad existencial de la izquierda, la que, obcecada por sus verdades absolutas que arrastraron en el pasado a sus adeptos hacía la vía de la violencia y se priva hoy de analizar racionalmente la construcción del conocimiento de su pasado en pos de su construcción de cara al futuro.
Violence does, in truth, recoil upon the violent, and the schemer falls into the pit which he digs for another”. Esta frase presente en “La Banda Moteada” (“The Speckled Band”), pronunciada por Sherlock Holmes luego de manipular el arma del villano contra éste mismo, es de utilidad para pensar en qué anduvo la izquierda en el tiempo transcurrido entre 1960 y la actualidad. Primeramente, nos habla acerca del momento de irrupción de la violencia, cuando la renuncia a la política consiguió la auto-enajenación del único sitio donde podía sobrevivir sin ser exterminada. Si bien no es atribuible a sectores radicalizados de izquierda el debut del asesinato políticamente motivado, sí es condenable por elegir ese camino de muerte y tortura más allá de las preferencias individuales por la paz y por haberse valido de un absoluto con el fin de discernir qué era deseable o no para el orden de una sociedad y de ponerle un pero a las vidas de las personas. Lo que vendría detrás, la represión ilegal de las fuerzas del estado, no es más que su corolario, el otro absoluto que se veía como Verdad y determinaba discrecionalmente qué y/ quién podía vivir o debía dejar de existir. En segundo lugar, nos sitúa en el presente, ante el panorama del futuro. Funesta contradicción la de quienes vilipendiaron a Del Barco imputándolo de resucitar, o bien, traer a la izquierda, la “teoría de los dos demonios”; pues, a qué otra cosa se dirige ésta que no sea a la supresión de la memoria, el saber fehaciente de los hechos y al juicio moral que de allí pudiera derivarse. Donde varios crímenes tienen derecho a justificarse, juzgar al resto carecería de sentido. Que el pasado se desconozca ha sido el persistente reclamo de quienes excluyen de la figura criminal los asesinatos de los “rojos defensores de los excluidos”, así como los que fueron obra de los “azules restauradores del orden y los valores cristianos”; y así, los clamores de justicia no pueden más que recaer a la condición de aguijonazos al enemigo. Por todo ello resulta preciso ahondarse sin reparos en la contrición, en la “supresión de uno mismo”, que Del Barco propone tanto para sus contemporáneos como para quienes abrevan en la actualidad en su línea de pensamiento. Se trata de recorrer el proceso contrario a la falsedad y el olvido sistemático, de explorar dentro de uno el lugar que ha ocupado otrora y lo que de éste exhibe ahora, de dotar al sentimiento del poder de penitencia, que es al fin aquello que le permite entrar en contacto con el dolor de la falta y desde allí reconstruir su esencia. Sólo esa pena nos pondrá como sociedad en condiciones de asumir la dolorosa historia que no podemos más que elaborar con el noble fin de rendírsela a los que vendrán. Muchos somos quienes no hemos vivido el tiempo en cuestión, pero eso no nos da pie para excluirnos de una tarea aún inconclusa que necesitará de testimonios, arrepentimientos, juicios, condenas y desaprobaciones. La pena perdura en nuestra época y debemos procurar que no se acabe en lo que vendrá.


Marcos Papais


[1] Schmucler, Abril y Del Barco, Ciro (2004), entrevista a Héctor Jouvé, publicada en La Intemperie, n° 15 y 16. Córdoba, Argentina. En internet: http://www.elinterpretador.net/15EntrevistaHectorJouvePrimeraParte.htm y http://www.elinterpretador.net/15EntrevistaHectorJouveSegundaParte.htm
[2] Del Barco, Oscar (2004) Carta abierta, publicada en La Intemperie, nº 17. Córdoba, Argentina. En internet: http://www.elinterpretador.net/15CartadeOscarDelBarco.htm
[3] Keshishián, Carlos (2005). No existen valores fuera de la historia. La Intemperie, nº 18. Córdoba, Argentina. En internet: http://www.clubsocialista.com.ar/scripts/leer.php?seccion=otras_publicaciones&archivo=8
[4] Parisi, Alberto (2005). El Habitus del respeto por la vida. La Intemperie, nº 18. Córdoba, Argentina. En internet: http://www.clubsocialista.com.ar/scripts/leer.php?seccion=otras_publicaciones&archivo=6
[5] Panzetta, Ricardo (2005). A propósito del testimonio de Héctor Jouvé. La Intemperie, nº 18. Córdoba, Argentina. En internet: http://www.clubsocialista.com.ar/scripts/leer.php?seccion=otras_publicaciones&archivo=4
[6] Tejerina, Hernán (2005). Apretar el gatillo acarrea consecuencias distintas a las que trae aparejadas recibir las balas. La Intemperie, nº 18. Córdoba, Argentina. En internet: http://www.clubsocialista.com.ar/scripts/leer.php?seccion=otras_publicaciones&archivo=7
[7] Ferrer, Christian (2005) Carta al señor director de La Intemperie. La Intemperie, nº 19. Córdoba, Argentina. En internet: http://www.elinterpretador.net/15CartadeChristianFerrer.htm

* De no menos interés, el comentario del filósofo Tomás Abraham respecto a la polémica referida es, en efecto, una corriente de aire fresco en medio de esta irritante discusión: http://www.elinterpretador.net/20TomasAbraham-LaCartaAbiertaDeOscarDelBarco.html